La Ley 2827-M cambia quién le vende a la minería de San Juan
La Ley de Desarrollo Local Minero fija dos metas para las operadoras: 80% de empleo sanjuanino y 60% de compras a empresas de la provincia. Solo cuentan las que estén inscriptas en el RE.PRO.MIN, el registro nuevo que las mineras están obligadas a consultar.
Publicado
Agosto 2026
Tema
Compre local · San Juan
Para
Proveedores y operadoras
Ahora el compre local se mide y se reporta
Hasta ahora, que una minera le comprara a una PyME sanjuanina dependía de su política interna, de una ronda de negocios bien timeada o de la relación con un contratista principal. La ley le pone números: un objetivo medible, un registro donde hay que estar para que te cuenten, y reportes periódicos al Ministerio de Minería.
Las metas no son cupos rígidos. La operadora tiene que ir hacia el 60% y el 80%, y cuando no llega, justificar técnicamente que no había oferta local competitiva. Esa cláusula, «condiciones competitivas de mercado», es la que define cuánto se sigue comprando afuera.
Si tu empresa no está inscripta o no puede acreditar arraigo, no aparece en el cómputo, y la mina justifica la compra afuera sin problema.
60%
Compras locales
Del monto anual de bienes, obras y servicios contratados, adjudicado a empresas radicadas en San Juan, siempre que haya oferta local en condiciones competitivas de mercado. Cuando no la hay, la operadora tiene que justificarlo técnicamente.
80%
Empleo sanjuanino
De la mano de obra de cada operación, con prioridad para los departamentos de influencia directa del proyecto.
Las operadoras que alcanzan las dos metas al mismo tiempo acceden a un certificado de crédito fiscal transferible, que pueden cederle a PyMEs proveedoras para cancelar impuestos provinciales.
Sin inscripción en el RE.PRO.MIN, tu empresa no cuenta
El Registro de Proveedores Mineros de San Juan es público, digital y lo administra el Ministerio de Minería. Su consulta es obligatoria para las operadoras, y solo las empresas inscriptas se computan dentro del 60%. Es la lista contra la que se mide el cumplimiento.
Qué exige el arraigo real
Establecimiento operativo
Base real en la provincia. No alcanza con una dirección postal ni con una sucursal que solo factura.
Domicilio legal y fiscal
Constituido en San Juan, con tributación local efectiva.
80% de personal local
El mismo estándar de empleo sanjuanino que se les pide a las operadoras baja a la cadena de proveedores.
Flota y activos radicados
Equipos y vehículos afectados al servicio, radicados en la provincia. Para transporte y logística es el punto más caro de resolver.
El requisito apunta al proveedor de cartón, la empresa que abre una oficina en la provincia para facturar local mientras opera, emplea y tributa en otro lado. Al proveedor sanjuanino real también le van a pedir esos papeles.
Falta el decreto que define cómo se aplica
El texto quedó sancionado, pero la implementación depende del decreto reglamentario, que se define tras una ronda de consultas con cámaras mineras y de proveedores. Siguen abiertos cuatro puntos:
- 01
La frecuencia y el formato de los reportes que las empresas le envían al Ministerio de Minería y al de Producción.
- 02
El funcionamiento del Consejo Consultivo.
- 03
El marco procedimental del RE.PRO.MIN: cómo se inscribe, qué se acredita y cada cuánto se actualiza.
- 04
El flujo de información entre empresas y Estado.
Cuando salga el decreto los plazos van a correr rápido, así que conviene tener los papeles antes.
Cuatro movimientos que no dependen del decreto
Ordená el arraigo antes de que abra el registro
Domicilio fiscal, establecimiento operativo, nómina y radicación de la flota son trámites que llevan semanas. Empezarlos el día que abra la inscripción es llegar tarde.
Definí tu rubro como lo compra una minera
Las operadoras compran por categoría, con pliego, alcance y requisitos de HSE. Traducí lo que hacés a ese lenguaje antes de presentarte.
Preparate para auditoría, no solo para inscribirte
La meta se mide y se reporta, así que van a verificar personal, facturación, seguros y habilitaciones. Un legajo desprolijo te deja afuera del cómputo aunque tengas la capacidad técnica.
Mirá la reglamentación, no solo la ley
El decreto define qué se acredita, cada cuánto y con qué formato. De eso depende que tu empresa entre en el 60% o quede como proveedor ocasional.
Si sos operadora o contratista principal
La meta se cumple con proveedores que existan, estén inscriptos y puedan responder un pliego. Si el padrón local de tu categoría es delgado, empezar el mes del reporte llega tarde. Acreditar arraigo y capacidad les lleva tiempo.
Qué seguimos de acá en adelante
Con Vicuña, Los Azules y el RIGI empujando el capex, en San Juan sobra demanda y faltan proveedores calificados. La meta de compre local no crea proveedores nuevos, hace visibles a los que ya están en condiciones de responder un pliego.
Veta sigue la reglamentación, la apertura del RE.PRO.MIN, las licitaciones y las rondas de negocios, y te manda lo que sirve para tu rubro con el paso a paso para presentarte.